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Pétition

Ampliación del el número de mesas de votación en los consulados colombianos en el mundo para el día sábado 28 de mayo y veeduría de testigos electorales por partido Político al momento de la Transmisión de los votos.

Ampliación del el número de mesas de votación en los consulados colombianos en el mundo para el día sábado 28 de mayo y veeduría de testigos electorales por partido Político al momento de la Transmisión de los votos. Pétition
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Auteur :
Auteur(s) :
Colectivos de ciudadanos colombianos residentes en el exterior, Nodo Colombia Humana Francia / Comité de comunicaciones CH Francia
Destinataire(s) :
Alexander Vega Registrador Nacional del Estado Civil; Luis Guillermo Perez Casas Magistrado Concejo Nacional Electoral CNE; Carlos Mauricio Acero Montejo Cónsul General de Colombia en Francia; Cecilia González Gutiérrez, Delegada electoral en el exterior y extranjeros; Iván Duque Márquez Presidente de la república de Colombia; Alejandra Barrios Cabrera, Directora Nacional de la Misión de Observación Electoral MOE
La pétition

Considerando las perturbaciones del certamen democrático que tuvo lugar en los consulados de Colombia en el mundo, como se denunció previamente desde ciudades como, Londres, París, Frankfort, Madrid, Barcelona, Valencia, Nueva York, Miami, Quebec, Montreal, Toronto, Calgary, Quito, Guayaquil, Sídney, Santiago de Chile, Buenos Aires, entre otras, durante toda la jornada del sábado  12/03/2022 en las elecciones legislativas, en la que, muchos ciudadanos no pudieron ejercer su derecho al voto debido a la congestión y la falta de respuesta por parte de los consulados y embajadas, para proveer las mesas necesarias para este ejercicio democrático y los diferentes sucesos que perturbaron el preconteo de los votos.


 


Presentamos a ustedes este derecho de Petición:


 


  • Aumentar el número de mesas en los consulados colombianos en el mundo, para el día sábado 28 de mayo, para que el ciudadano Colombiano residente en el exterior, pueda cumplir con este derecho fundamental, del ejercicio democrático a elegir y ser elegido.

 


  • Veeduría, por parte del referente de cada partido político en contienda, debidamente acreditado ante la registraduría como testigo electoral, al momento de la transmisión de los datos, desde el puesto de votación al centro de cómputo que lleva el conteo total de la votación

 


Los nacionales colombianos hombres y mujeres, deben actuar sin dificultad, ni limitación, para ejercer su derecho fundamental al voto; derecho que fue vulnerado por parte del gobierno colombiano, durante toda la jornada del día sábado 12 de marzo del 2022 en las elecciones legislativas, al no poner a disposición de los colombianos, la logística necesaria ante el evidente aumento en el censo electoral para el 2022, en comparación con las pasadas contiendas electorales del 2018. Por ende, miles de colombianas y colombianos no pudieron cumplir a cabalidad con ese derecho y participar de esta obligación democrática.


Además, después de la denuncia de reclamación que obligó a la revisión total de la votación, al denunciar el no reporte de 98mil mesas de votación, y el doble conteo en 23mil, se pone en duda la transparencia del proceso del preconteo de votos. Por ello consideramos que los reportes enviados desde el puesto de votación a la registraduría deben ser garantizados por la ciudadanía, y en especial, la comunidad colombiana residente en el exterior.  


Para ello pedimos incluir en el mecanismo de verificación, la inclusión de un testigo electoral debidamente acreditado ante la registraduría, por cada fuerza política y en cada puesto de votación, al momento de la transmisión del resultado de la jornada electoral al centro de cómputo de la registraduría. Esto con el fin de certificar la veracidad de la información enviada, y que sea acorde al resultado electoral, por cada mesa instalada en los puestos de votación.


Cabe subrayar que el derecho a elegir es un derecho garantizado por la Constitución en sus artículos40.1 y 40.2, cuya aplicación es inmediata de acuerdo con el artículo 85, y que es deber de los ciudadanos participar en la vida política, cívica y comunitaria del país tal y como está establecido en el artículo 95.5 de la Carta Magna.


 


Es menester recordar también que la Corte Constitucional en su Sentencia C-150/15 de abril 18 de 2015 “entiende que la participación como derecho de los ciudadanos y eje medular del ordenamiento constitucional vigente implica (i) el deber del Estado de abstenerse de adoptar medidas de cualquier tipo que impidan el libre ejercicio de la participación por parte de ciudadanos y organizaciones sociales, (ii) el deber de adoptar medidas de todo tipo que eviten que las autoridades públicas o los particulares interfieran o afecten el libre ejercicio de las facultades en cuyo ejercicio se manifiesta la participación y (iii) el deber de implementar medidas que procuren optimizar el desarrollo de las diversas formas de participación y que, al mismo tiempo, eviten retroceder injustificadamente en los niveles de protección alcanzados. Estos deberes del Estado se concretan en deberes específicos a los que a continuación la Corte se refiere: (iv) Prohibición, que vincula a todos los órganos públicos, funcionarios y particulares, de eliminar alguna de las dimensiones de la democracia”. Dicha sentencia es de jurisprudencia constante en la Corte Constitucional


Finalmente, como parte de un colectivo de colombianos residentes en el exterior, queremos resaltar la necesidad de establecer una política consular perenne que garantice la continuidad de mecanismos de participación ciudadana para todos los procesos electorales venideros.


 


Respetuosamente,


 
Colectivo de ciudadanos colombianos residentes en el exterior


fracia@colombiahumana.co


 


 Ruth GUEVARA


Referente electoral de colectivos de colombianos en Francia


francia@whitesystem.net


 


 Gillian MAGHMUD


Enlace Internacional en la junta nacional de coordinación Colombia Humana


gillian@colombiahumana.com 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 


 

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